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Regulación Sanitaria:

Es el conjunto de disposiciones emitidas de conformidad con los ordenamientos aplicables, tendientes a normar los procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionados con las materias competencia de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).

Alimento :

Órganos, tejidos o secreciones que contienen cantidades apreciables de nutrimentos biodisponibles, cuyo consumo en cantidades y formas habituales es inocuo y atractivo a los sentidos.

 

Alimentación correcta:

Dieta que de acuerdo con los conocimientos reconocidos en la materia, cumple con las necesidades específicas de las diferentes etapas de la vida, promueve en los niños y niñas el crecimiento y desarrollo adecuado, en los adultos permite conservar o alcanzar el peso esperado para la talla, previniendo el desarrollo de enfermedades.

 


Control Sanitario:

El conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación, y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, con base en lo que establece la ley general de salud, este Reglamento, las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables.

 

Desinfección :

Reducción del número de microorganismos presentes en una superficie inerte u orgánica como son los alimentos, mediante agentes químicos, físicos o ambos a un nivel que no dé lugar a contaminación.

 

Fauna nociva:

Artrópodos y roedores de interés sanitario, que son huéspedes de agentes infecciosos; pueden transmitir enfermedades directamente o sirviendo como vector de organismos patógenos.

 


Fomento Sanitario:

El conjunto de acciones tendientes a promover la mejora continua de las condiciones sanitarias de los procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades que puedan provocar un riesgo a la salud de la población mediante esquemas de comunicación, capacitación, coordinación y concentración con los sectores públicos, privados y sociales, así como otras medidas no regulatorias
(Autorregulación y comunicación de riesgos).

Higiene de los alimentos:

Son todas las medidas necesarias para garantizar la sanidad e inocuidad de los alimentos.

 

Inerte:

Característica de un material de no modificar las propiedades físicas, químicas o biológicas al contacto de cualquier sustancia, que se presente en sus diferentes estados.

 

Inocuo :

Todo aquello que su consumo habitual no implique riesgos para la salud porque está exenta de microorganismos patógenos, toxinas o contaminantes y se consuma con moderación.

 

Manipulación de los alimentos:

Conjunto de actividades que se realizan en la preparación y manejo de alimentos.

 

Personal :

Todo individuo que participe o esté relacionado en el manejo de los alimentos y bebidas.

 

Plaga :

Proliferación de organismos capaces de contaminar o destruir directamente los productos.

 

Proceso:

Conjunto de actividades relativas a la elaboración, preparación, conservación, manipulación y expendio al público de alimentos.

 

Residuo:

Todo material orgánico e inorgánico, generado en los procesos de preparación y consumo de los alimentos

 


Vigilancia Sanitaria:

El conjunto de acciones de evaluación, verificación y supervisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables que deben observarse en los procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionados con las materias competencia de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

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