OBJETIVO:

Mantener un control y vigilancia sanitaria estricta de los establecimientos que elaboran, comercializan y/o suministran medicamentos en general, estupefacientes y psicotrópicos, material de curación, equipos médicos, odontológicos, material de aseo, perfumería, belleza, artículos de exportación e importación; establecimientos de atención médica públicos, sociales y privados en donde se practican actos quirúrgicos u obstétricos; establecimientos de asistencia social; establecimientos de prevención, control y tratamiento de las adicciones así como la regulación de la publicidad y de los medios de comunicación para evitar fraudes a la salud.

 

FUNCIONES:

 

•  Vigilar y hacer efectivo el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas para el proceso, uso y manejo de estupefacientes, psicotrópicos, productos biológicos y hemoderivados, así como la prestación de servicios de atención médica, conforme a las disposiciones aplicables que estipula la Ley General de Salud, Reglamento de la misma ley en materia de Control Sanitario de Productos y Servicos; Reglamento de Insumos para la Salud y Reglamento en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

•  Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en el proceso, uso y manejo de los equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, reactivos, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico y de curación, productos higiénicos, instrumental y equipo médico.

•  Vigilar el cumplimiento de los lineamientos estipulados en la normatividad sanitaria vigente para la prescripción de medicamentos controlados en recetarios especiales con código de barras para prescripción de estupefacientes y en recetarios autorizados por la DRFS para psicotrópicos. Así como la autorización del aviso de previsiones de compra venta de estupefacientes por los establecimientos autorizados para comercializar medicamentos controlados.

•  Difundir y promover el curso taller de manejo y dispensación de medicamentos en farmacias, con el objeto de capacitar en base a la norma técnica de competencia laboral a los empleados de mostrador de los establecimientos de insumos para la salud.

•  Regular, controlar y vigilar los establecimientos que prestan servicios de atención médica publica social y privada establecimientos de asistencia social y de control, tratamiento y manejo de las adicciones (hospitales, sanatorios, clínicas, maternidades, consultorios médicos, odontológicos, ambulancias, servicios de pedicuro, centros de tatuajes, guarderías, asilos, albergues, casas de día y centros de ayuda mutua) a través de la verificación sanitaria médica.

•  Regular, controlar y vigilar los establecimientos auxiliares al diagnostico y tratamiento medico, a través de la verificación sanitaria a los laboratorios, clínicos, patología clínica, histopatológia, citología, bancos de sangre y servicios de transfusión y otros auxiliares de diagnóstico.

•  Colaborar en el mejoramiento de la calidad de la atención médica vigilando el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente para evitar malas prácticas, fraudes a la salud y iatrogénias.

•  Promover la cultura de la notificación e identificación de reacciones adversas a los medicamentos, promoviendo el uso racional de los mismos (fomento y difusión del programa de fármaco vigilancia).

•  Difundir, la normatividad a que se encuentran sujetos los establecimientos de atención médica pública social y privada y los trámites que deberán realizar ante las SSO para regularizar sus establecimientos actividades y servicios.

•  Vigilar, controlar y autorizar la publicidad de los servicios de atención medica, productos de perfumería, belleza, productos higiénicos y medicamentos. Expedir o revocar dependiendo de cual sea el caso, las autorizaciones que se requieren en el ámbito de competencia, así como dictaminar sobre la procedencia o no de la autorización publicitaria de los profesionales de la salud y de los prestadores de Servicios de Salud.

 

PROYECTOS PRIORITARIOS:

 

FARMACOVIGILANCIA

OBJETIVO.

Dirigir y coordinar las actividades para prevenir los riesgos y daño a la salud de la población, ejerciendo la vigilancia de los medicamentos y otros insumos en su etapa de Postcomercialización, en base a las Reacciones Adversa de los Medicamentos (RAM) notificadas principalmente por los profesionales de la salud.

FUNCIONES:

•  Supervisar la aplicación de los procedimientos normalizados de operación de las actividades.

•  Reunir y registrar toda notificación de sospecha de reacción adversa, cualquiera que sea la fuente y especialmente de los profesionales de la salud, debiendo mantener la confidencialidad de la identidad del paciente y la del notificador cuando se difunda la información.

•  Cuando sea posible, validar los datos para verificar su autenticidad y concordancia con las fuentes documentales accesibles.

•  Archivar todas las notificaciones recibidas y enviarlas al Centro Nacional de Farmacovigilancia.

•  Registrar y validar todos los casos notificados en la base de datos de farmacovigilancia.

 

CURSO TALLER MANEJO Y DISPENSACION DE MEDICAMENTOS EN FARMACIAS :

OBJETIVO:

•  El objetivo de la capacitación es uniformar el desempeño de los empleados de farmacias, en un marco de conocimiento y cumplimiento de la legislación

•  sanitaria, comprometiéndolos a participar en el fomento el uso racional de los medicamentos asistiendo a la dispensación de los mismos, desde luego con las limitantes de su formación escolar.

•  Este programa de capacitación no fue diseñado, ni fue concebido nunca como tal, para sustituir al ejercicio de los profesionistas de la Farmacia , quienes son especialistas con un conocimiento profundo del medicamento, que poseen título y cédula profesional registrados y que por Ley fungen como responsables de la seguridad, identidad y pureza de los medicamentos.

FUNCIONES:

•  Promover entre los propietarios y empleados de mostrador de las farmacias el curso taller manejo y dispensación de medicamentos en farmacias.

•  Identificar entre el personal de la DRFS , elementos que sean capaces de desarrollar habilidades como instructores y proponerlos para que realicen el curso correspondiente en el lugar que designe la COFEPRIS.

•  Realizar por instructor como mínimo tres cursos al año, con una asistencia de 25 asistentes.

BENEFICIOS DE LA CAPACITACIÓN

•  Mejor conocimiento de la legislación sanitaria relativa a farmacias y medicamentos.

•  Mayor comprensión de los requisitos legales de las farmacias y medicamentos.

•  Mejor desempeño del personal que labora en la farmacia.

•  Disminución de incumplimiento por desconocimiento de la legislación.

•  Disminución de riesgos a la salud por prácticas inadecuadas en la farmacia.

•  Disminución del alto índice de rotación de personal con una mejor valoración de sus funciones.

•  Mejora del servicio proporcionado por la farmacia.

 

UNIDADES MÉDICAS SALUDABLES:

OBJETIVO:

•  Vigilar, controlar y regular los establecimientos de atención medica pública, social y privada para coadyuvar en la disminución de la mortalidad materna e infantil, en coordinación con las diferentes dependencias de la Secretaria de Salud y sus diferentes programas.

FUNCIONES:

•  Verificar todos los establecimientos privados donde ocurran muertes maternas y aplicar las medidas de seguridad o las sanciones administrativas a que se hagan acreedores.

•  Autorizar los permisos sanitarios de construcción de establecimientos que proporcionan atención toco quirúrgica y/o tocologica, que cumplan con la normatividad sanitaria vigente.

•  Autorizar las licencias de funcionamiento para establecimientos privados donde se realizan actos quirúrgicos u obstétricos.

•  Colaborar en coordinación con la COFEPRIS para la verificación de las Unidades Médicas de 2º. Nivel de atención publicas en los municipios repetidores de muertes maternas en los últimos 5 años.

•  Colaborar con la COFEPRIS para autorizar los permisos sanitarios de construcción de establecimientos públicos y sociales exclusividad de la federación.

•  Coadyuvar con la COFEPRIS en la verificación de los establecimientos públicos donde ocurran muertes maternas.

 

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