| OBJETIVO: |
Mantener un control y vigilancia sanitaria estricta de los establecimientos que elaboran, comercializan y/o suministran medicamentos en general, estupefacientes y psicotrópicos, material de curación, equipos médicos, odontológicos, material de aseo, perfumería, belleza, artículos de exportación e importación; establecimientos de atención médica públicos, sociales y privados en donde se practican actos quirúrgicos u obstétricos; establecimientos de asistencia social; establecimientos de prevención, control y tratamiento de las adicciones así como la regulación de la publicidad y de los medios de comunicación para evitar fraudes a la salud.
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| FUNCIONES: |
Vigilar y hacer efectivo el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas para el proceso, uso y manejo de estupefacientes, psicotrópicos, productos biológicos y hemoderivados, así como la prestación de servicios de atención médica, conforme a las disposiciones aplicables que estipula la Ley General de Salud, Reglamento de la misma ley en materia de Control Sanitario de Productos y Servicos; Reglamento de Insumos para la Salud y Reglamento en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en el proceso, uso y manejo de los equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, reactivos, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico y de curación, productos higiénicos, instrumental y equipo médico. Vigilar el cumplimiento de los lineamientos estipulados en la normatividad sanitaria vigente para la prescripción de medicamentos controlados en recetarios especiales con código de barras para prescripción de estupefacientes y en recetarios autorizados por la DRFS para psicotrópicos. Así como la autorización del aviso de previsiones de compra venta de estupefacientes por los establecimientos autorizados para comercializar medicamentos controlados. Difundir y promover el curso taller de manejo y dispensación de medicamentos en farmacias, con el objeto de capacitar en base a la norma técnica de competencia laboral a los empleados de mostrador de los establecimientos de insumos para la salud. Regular, controlar y vigilar los establecimientos que prestan servicios de atención médica publica social y privada establecimientos de asistencia social y de control, tratamiento y manejo de las adicciones (hospitales, sanatorios, clínicas, maternidades, consultorios médicos, odontológicos, ambulancias, servicios de pedicuro, centros de tatuajes, guarderías, asilos, albergues, casas de día y centros de ayuda mutua) a través de la verificación sanitaria médica. Regular, controlar y vigilar los establecimientos auxiliares al diagnostico y tratamiento medico, a través de la verificación sanitaria a los laboratorios, clínicos, patología clínica, histopatológia, citología, bancos de sangre y servicios de transfusión y otros auxiliares de diagnóstico. Colaborar en el mejoramiento de la calidad de la atención médica vigilando el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente para evitar malas prácticas, fraudes a la salud y iatrogénias. Promover la cultura de la notificación e identificación de reacciones adversas a los medicamentos, promoviendo el uso racional de los mismos (fomento y difusión del programa de fármaco vigilancia). Difundir, la normatividad a que se encuentran sujetos los establecimientos de atención médica pública social y privada y los trámites que deberán realizar ante las SSO para regularizar sus establecimientos actividades y servicios. Vigilar, controlar y autorizar la publicidad de los servicios de atención medica, productos de perfumería, belleza, productos higiénicos y medicamentos. Expedir o revocar dependiendo de cual sea el caso, las autorizaciones que se requieren en el ámbito de competencia, así como dictaminar sobre la procedencia o no de la autorización publicitaria de los profesionales de la salud y de los prestadores de Servicios de Salud.
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| PROYECTOS PRIORITARIOS: |
FARMACOVIGILANCIA OBJETIVO. Dirigir y coordinar las actividades para prevenir los riesgos y daño a la salud de la población, ejerciendo la vigilancia de los medicamentos y otros insumos en su etapa de Postcomercialización, en base a las Reacciones Adversa de los Medicamentos (RAM) notificadas principalmente por los profesionales de la salud. FUNCIONES: Supervisar la aplicación de los procedimientos normalizados de operación de las actividades. Reunir y registrar toda notificación de sospecha de reacción adversa, cualquiera que sea la fuente y especialmente de los profesionales de la salud, debiendo mantener la confidencialidad de la identidad del paciente y la del notificador cuando se difunda la información. Cuando sea posible, validar los datos para verificar su autenticidad y concordancia con las fuentes documentales accesibles. Archivar todas las notificaciones recibidas y enviarlas al Centro Nacional de Farmacovigilancia. Registrar y validar todos los casos notificados en la base de datos de farmacovigilancia.
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CURSO TALLER MANEJO Y DISPENSACION DE MEDICAMENTOS EN FARMACIAS : OBJETIVO: El objetivo de la capacitación es uniformar el desempeño de los empleados de farmacias, en un marco de conocimiento y cumplimiento de la legislación sanitaria, comprometiéndolos a participar en el fomento el uso racional de los medicamentos asistiendo a la dispensación de los mismos, desde luego con las limitantes de su formación escolar. Este programa de capacitación no fue diseñado, ni fue concebido nunca como tal, para sustituir al ejercicio de los profesionistas de la Farmacia , quienes son especialistas con un conocimiento profundo del medicamento, que poseen título y cédula profesional registrados y que por Ley fungen como responsables de la seguridad, identidad y pureza de los medicamentos. FUNCIONES: Promover entre los propietarios y empleados de mostrador de las farmacias el curso taller manejo y dispensación de medicamentos en farmacias. Identificar entre el personal de la DRFS , elementos que sean capaces de desarrollar habilidades como instructores y proponerlos para que realicen el curso correspondiente en el lugar que designe la COFEPRIS. Realizar por instructor como mínimo tres cursos al año, con una asistencia de 25 asistentes. BENEFICIOS DE LA CAPACITACIÓN Mejor conocimiento de la legislación sanitaria relativa a farmacias y medicamentos. Mayor comprensión de los requisitos legales de las farmacias y medicamentos. Mejor desempeño del personal que labora en la farmacia. Disminución de incumplimiento por desconocimiento de la legislación. Disminución de riesgos a la salud por prácticas inadecuadas en la farmacia. Disminución del alto índice de rotación de personal con una mejor valoración de sus funciones. Mejora del servicio proporcionado por la farmacia. |
UNIDADES MÉDICAS SALUDABLES: OBJETIVO: Vigilar, controlar y regular los establecimientos de atención medica pública, social y privada para coadyuvar en la disminución de la mortalidad materna e infantil, en coordinación con las diferentes dependencias de la Secretaria de Salud y sus diferentes programas. FUNCIONES: Verificar todos los establecimientos privados donde ocurran muertes maternas y aplicar las medidas de seguridad o las sanciones administrativas a que se hagan acreedores. Autorizar los permisos sanitarios de construcción de establecimientos que proporcionan atención toco quirúrgica y/o tocologica, que cumplan con la normatividad sanitaria vigente. Autorizar las licencias de funcionamiento para establecimientos privados donde se realizan actos quirúrgicos u obstétricos. Colaborar en coordinación con la COFEPRIS para la verificación de las Unidades Médicas de 2º. Nivel de atención publicas en los municipios repetidores de muertes maternas en los últimos 5 años. Colaborar con la COFEPRIS para autorizar los permisos sanitarios de construcción de establecimientos públicos y sociales exclusividad de la federación. Coadyuvar con la COFEPRIS en la verificación de los establecimientos públicos donde ocurran muertes maternas. |